Punto De Referencia
La democracia participativa
- Autor: Vários
- Narrador: Vários
- Editor: Podcast
- Duración: 0:03:02
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Sinopsis
Como lo declara el artículo 1 de la Constitución, Colombia es una democracia participativa, lo cual implica que, en ella, el pueblo decide. Y lo hace porque, como también lo expresa el artículo 3 de la Carta, en él reside exclusivamente la soberanía. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece. La democracia participativa, para que sea efectiva y real, tiene que dar paso a las decisiones populares, para la cual -precisamente- han sido previstas los mecanismos de participación: el voto, el plebiscito, el referendo, la iniciativa popular, la consulta popular, el cabildo abierto, la revocatoria del mandato. Son todos ellos, formas de garantizar la participación del ciudadano en los asuntos públicos, en la vida política, económica, social de Colombia, tal como lo prevén el preámbulo y los artículos 1, 2, 3, 5, 40, 95, 374, 375, 376, 377, 378, 379 de la Constitución, entre otros. Desde luego, estamos hablando de una democracia en que la sob