Punto De Referencia

DE FACULTADES Y OBLIGACIONES

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Sinopsis

Parecería innecesario repetirlo, pero la situación actual lo exige: no es lo mismo una facultad que una obligación. La obligación implica ligamen, imposición que, en materia constitucional, proviene de normas vinculantes o de decisiones judiciales de la misma índole. Tiene que ser cumplida, so pena de responsabilidad y sanción. Una facultad, en cambio, es una atribución; la posibilidad de obrar, en ejercicio de la libertad, en uno u otro sentido. Es algo que se puede hacer o no, según el criterio de su titular.